SECCION 208 "Especificaciones Generales Para Construcción de Carreteras y Puentes "

 SECCION 208 ACARREO LIBRE Y ACARREO

208.01  DEFINICIONES

        Acarreo Libre: Es el transporte de materiales No Clasificados, provenientes del corte y de préstamo, así como el transporte del material de desperdicio, a una distancia menor o igual a 1,000 m.

        Acarreo: Es el transporte de materiales No Clasificados, provenientes del corte y de préstamo, así como el transporte del material de desperdicio, a cualquier distancia que exceda de 1,000 m.


208.02  DESCRIPCION: Este trabajo consiste en el transporte de materiales no clasificados, provenientes del corte y de préstamo, para ser utilizados en la construcción de terraplenes; así como el transporte del material de desperdicio


208.03  MATERIALES A SER TRANSPORTADOS: Los materiales a ser acarreados de conformidad con la Sección 203. El acarreo de cualquier otro material, se debe incluir en el precio unitario del renglón correspondiente.


REQUISITOS DE CONSTRUCCION

208.04  LIMITE DE ACARREO LIBRE: Este límite es de 1,000 metros. El material que se transporte hasta llegar a dicho límite, es considerado como acarreo libre y su costo debe ser incluido en el precio unitario del renglón que corresponda de la Sección 203.


208.05  MEDIDA: La medida se debe hacer del número de metros cúbicos–kilómetro, con aproximación de dos decimales, satisfactoriamente transportados, de conformidad con el trayecto más corto y accesible que determine el Delegado Residente.


208.06  PAGO: El pago se debe hacer por el número de metros cúbicos–kilómetro de acarreo, medidos como se indica en 208.05, al precio unitario de contrato correspondiente a Acarreo.

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