SECCION 208 "Especificaciones Generales Para Construcción de Carreteras y Puentes "
SECCION 208 ACARREO LIBRE Y ACARREO
208.01 DEFINICIONES
Acarreo
Libre: Es el transporte de materiales No
Clasificados, provenientes del corte y de préstamo, así como el transporte del
material de desperdicio, a una distancia menor o igual a 1,000 m.
Acarreo: Es el transporte de materiales No Clasificados, provenientes del
corte y de préstamo, así como el transporte del material de desperdicio, a
cualquier distancia que exceda de 1,000 m.
208.02 DESCRIPCION: Este
trabajo consiste en el transporte de materiales no clasificados, provenientes
del corte y de préstamo, para ser utilizados en la construcción de terraplenes;
así como el transporte del material de desperdicio
208.03 MATERIALES A SER TRANSPORTADOS: Los materiales a ser acarreados de conformidad con la Sección 203.
El acarreo de cualquier otro material, se debe incluir en el precio unitario
del renglón correspondiente.
REQUISITOS DE CONSTRUCCION
208.04 LIMITE DE ACARREO LIBRE: Este límite es de 1,000 metros. El material que se transporte hasta
llegar a dicho límite, es considerado como acarreo libre y su costo debe ser
incluido en el precio unitario del renglón que corresponda de la Sección 203.
208.05 MEDIDA: La medida
se debe hacer del número de metros cúbicos–kilómetro, con aproximación de dos
decimales, satisfactoriamente transportados, de conformidad con el trayecto más
corto y accesible que determine el Delegado Residente.
208.06 PAGO: El pago se
debe hacer por el número de metros cúbicos–kilómetro de acarreo, medidos como
se indica en 208.05, al precio unitario de contrato correspondiente a Acarreo.
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