Sección 101 "Especificaciones Generales Para Construcción de Carreteras y Puentes "
Sección 101 Abreviaturas y Definiciones
Resumen
Aceptación con fundamento estadístico: Analizar todos los resultados de pruebas colectivamente y estadísticamente.
Acera ó banqueta: Orilla de la calle.
Acuerdo de Cambio: El Convenio suscrito entre el Director de la DGC y el Contratista, para compensar al Contratista por los gastos incurridos, por necesidades del trabajo contratado.
Acuerdo de Renegociación de Precios: El Convenio suscrito entre el Director y el Contratista, se convienen los nuevos precios. Las variaciones del valor de los contratos de obra o de suministro de equipo instalado, podrán efectuarse situaciones no previstas o no detectadas en la planificación, tales como fallas geológicas, fenómenos de la naturaleza, condiciones del terreno o cualquier otra causa que haga imposible el cumplimiento normal de lo pactado o la terminación del proyecto.
Acuerdo de Trabajo Extra: Acuerdo entre la DGC y el Contratista, aprobado por el Director, para la ejecución de trabajos, para los cuales no existen renglones ni precios establecidos en la oferta presentada, ni en el contrato.
Adjudicación: La Junta de Licitación, decide dentro de una licitación, que el ganador es el oferente que haya cumplido con los requisitos y condiciones de las bases de licitación.
Aprobación de Adjudicación: Acuerdo Ministerial por medio del cual se aprueba la adjudicación de una licitación, y se ordena celebrar contrato.
Alcantarilla: Galería abovedada que da paso al agua bajo una carretera, camino o edificio.
Anuncio: Anuncio público en el cual se invita a oferentes para trabajos por realizarse o para proveer materiales ó servicios de la materia en las bases de licitación mediante los cuales convoca. Las convocatorias a licitar se publicarán dos veces en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación, dentro de un plazo de diez días.
Apéndice: El documento que emite la DGC en caso necesario, para modificar cualquier documento de Licitación.
Banco de Materiales: El lugar aprobado por la DGC para la extracción de materiales naturales satisfactorios.
Banco de Préstamo: El lugar aprobado por el Delegado Residente para la extracción de materiales de préstamo para terracería.
Calzada: La parte de una carretera dentro de los límites de construcción.
Carretera: Vía de tránsito público construida dentro de los límites del derecho de vía.
Carril Auxiliar: Parte de la calzada que permitir a los vehículos realizar la maniobra de acelerar o desacelerar de una forma segura para accesar o salir de la carretera.
Carril de circulación: La parte de la carretera para el movimiento de vehículos, excluyendo los hombros.
Contratista: La persona individual o jurídica con quien el Estado ha celebrado Contrato para la ejecución de una obra ó servicio.
Contrato: El instrumento jurídico suscrito entre el Estado y el Contratista, en donde se norman los derechos y obligaciones de ambas partes para la ejecución de los trabajos de un determinado proyecto.
Convocatoria para licitaciones: Es el llamado que se hace a las personas interesadas en participar en una licitación, para fines de elaborar y presentar sus propuestas.
Delegado Residente: El Ingeniero Civil colegiado activo, que representa a la DGC en la obra para la que hubiere sido asignado y/o contratado
Derecho de Vía: El área de terreno que el Estado suministra para ser usada en la construcción de la carretera, sus estructuras, trabajos complementarios y futuras ampliaciones.
Día Calendario: Cada día del año incluyendo sábados, domingos y días de Asueto.
Días de Asueto: Los días de descanso con goce de salario, establecidos en las Leyes de la República.
Dirección General de Caminos: La dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, que tiene a su cargo el planeamiento a su nivel, estudio, diseño…
Director: “El Director” General de Caminos es la autoridad superior de la DGC, Ingeniero Civil colegiado activo, quien representa dicha institución.
Disposiciones Especiales: El documento que complementa a estas Especificaciones Generales, adaptándolas a los requerimientos de la obra de que se trate.
Especificaciones: Normas generales y técnicas de construcción contenidas. Además, son las Disposiciones Especiales y cualquier otro documento que se emita.
Estado: La República de Guatemala, Centro América, actuando por medio de sus representantes legales autorizados.
Estimación: La evaluación periódica que de común acuerdo hace el Delegado Residente y el Contratista del proyecto, con fines de pago y control del progreso de la obra.
Fiadora: La empresa, compañía o persona aceptable para el Ministerio y que formaliza una garantía que deberá proporcionar el Contratista. Deberá ser emitida por una Afianzadora guatemalteca.
Formas para licitación: Son los formularios modelos, aprobados por la Autoridad Administrativa Superior, que se usan para requerir determinada información sobre diversos aspectos.
Garantía: Fianza, depósito en efectivo o Garantía Hipotecaria que el Contratista proporciona al Ministerio para el cumplimiento del contrato.
Hombros: La sección típica que sirven de confinamiento a la capa de base, y de zona de estacionamiento accidental de vehículos.
Ingeniero: El Ingeniero Civil colegiado activo, Jefe de la División de Supervisión de Construcciones de la DGC, quien está encargado de las Supervisiones de Obras.
Ingeniero Auxiliar: El Ingeniero Civil colegiado activo, quien desempeña las funciones que le asigne el Delegado Residente.
Inspector: El Representante autorizado del Delegado Residente, designado para inspeccionar la obra y los materiales destinados para la misma.
Junta de Licitación: Es el órgano competente para recibir, calificar ofertas y adjudicar la licitación.
Ley: La Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92 del Congreso de la República y su Reglamento, contenido en Acuerdo Gubernativo 1056-92; o la vigente.
Licitación Pública. Procedimiento previsto por la Ley para contratar la ejecución de Obras Públicas.
Materiales: Cualquier insumo que esté especificado para su uso en la construcción del proyecto y sus accesorios.
Ministerio: El de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda de la República de Guatemala.
Obra: El trabajo o construcción a ejecutarse de acuerdo con los planos, Especificaciones y demás documentos que forman parte del Contrato.
Oferente: Persona individual o jurídica que presenta propuesta al Estado para participar en un proceso de contratación relacionado con la ejecución de una obra.
Oferta: La propuesta que por escrito presenta el Oferente.
Orden de Cambio: La orden escrita que el Delegado Residente da al Contratista, con la aprobación previa del Ingeniero, para que se efectúe cualquier cambio o modificaciones a los planos o Especificaciones,
Orden de Campo: La orden escrita, obligatoria, proferida en el lugar de la obra, que emite el Delegado Residente, para que el Contratista ejecute un trabajo cubierto por el Contrato, en forma eficiente, práctica y de acuerdo con las expectativas de la DGC.
Orden de Trabajo Suplementario: La orden escrita que emite el Delegado Residente con la aprobación del Ingeniero, aceptada por el Contratista, para que éste ejecute cierto número de unidades adicionales de uno o más renglones de trabajo que tengan precios unitarios aprobados cuando las contrato creadas o revisadas por otro documento contractual se han agotado.
Orilla o borde del camino: Área contigua a la orilla exterior del camino donde comienzan los taludes de corte o relleno.
Participación Conjunta: La Asociación temporal de dos o más empresas, individuales o jurídicas, para presentar una sola oferta solidaria y mancomunada.
Planos del Proyecto: Las plantas, perfiles,
secciones transversales, dibujos suplementarios o de ejecución y detalle,
incluyendo las modificaciones a los mismos que hayan sido debidamente aprobados
DGC.
Plazo Contractual: Período en días calendario, meses o años de que dispone el Contratista para el cumplimiento del objeto del contrato.
Precalificación: Es el análisis de la
capacidad técnica y financiera, organización empresarial y experiencia, que se
hace de las personas individuales o jurídicas interesadas en presentar ofertas
para la ejecución de obras.
Programa de Trabajo Aprobado: El documento preparado por el Contratista basándose en el Programa de Trabajo presentado en la oferta, que debe ser aprobado por el Delegado Residente y es el que rige en la ejecución y pago de los trabajos contratados.
Programa de Trabajo de Oferta: El documento que se adjunta a la oferta en el que se indica por períodos de 30 días calendario, las cantidades estimadas de trabajo a ejecutarse en cada renglón.
Proyecto: El conjunto de planos,
especificaciones, disposiciones especiales y apéndices, a los que debe
ajustarse la ejecución de una obra.
Puente: Una estructura de una o más luces, incluyendo sus soportes, erigida sobre una depresión o una obstrucción.
Publicaciones: Son el o los anuncios públicos realizados de conformidad con la ley.
Rasante: El trazo vertical que determina el nivel superior, sobre la línea central, que se proyecta construir a lo largo de la carretera.
Reajuste por Fluctuación de Precios: Se elaboraran cuando se registren fluctuaciones de precios en más (incremento) o en menos (decremento) que sufran en el costo de los materiales, combustibles y derivados del petróleo, y demás elementos conexos de la obra.
Renglón de Trabajo: Un rubro específicamente descrito, para el cual se fija un precio unitario.
Requisito de licitación: Un término o condición utilizado solamente en las licitaciones y que aplica sólo antes de adjudicar el contrato.
Servidumbre de paso: El derecho otorgado por un propietario a favor del Estado, para permitir el paso en una franja.
Sub-Contratista: La persona individual o jurídica a quien el Contratista, sub-contrata la ejecución de partes determinadas del trabajo contratado.
Sub-Director: El Ingeniero Civil colegiado activo, quien sustituye al Director en su ausencia.
Sub-Rasante: El área sobre la que se construyen las capas de sub-base, de base, de superficie y los hombros.
Superintendente: El jefe ejecutivo del Contratista quien dirige la obra, debiendo ser ingeniero civil colegiado activo y hablar el idioma español.
Supervisora: Empresa individual o jurídica cuya función es la supervisión técnica y control administrativo de los trabajos del proyecto.
Tolerancias: Son las variaciones permisibles de las Especificaciones Generales y/o las Disposiciones Especiales establezcan para cada trabajo.
Trabajo: Todas las obligaciones del Contratista contempladas y cubiertas en el Contrato y sus ampliaciones autorizadas.
Trabajo Extra: El trabajo no incluido en el Contrato original.
Trabajo por Administración: Es el sistema aplicado para la ejecución por el Contratista, de ciertos trabajos en la construcción de una obra por contrato. El Contratista deberá proveer los materiales, mano de obra, equipo y otros suministros y servicios que sean necesarios para la ejecución de un trabajo.
Trabajos en orillas: Aquellos trabajos que
son necesarios en la carretera completa, que proveen para la conservación de
materiales y carácter distintivo del paisaje.
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