SECCION 203 "Especificaciones Generales Para Construcción de Carreteras y Puentes "
SECCION 203 EXCAVACION Y TERRAPLENES
203.01 DEFINICIONES
Corte: Es el material no clasificado que se excava dentro de los Iímites
de construcción, para utilizarlo en la construcción de terraplenes.
Excavación
No Clasificada: Es la operación de cortar y remover
cualquier clase de material independiente de su naturaleza o de sus
características, dentro o fuera de los límites de construcción.
Excavación
No Clasificada de Desperdicio: Es el material
resultante de la excavación sobrante o que sea material inadecuado para la
construcción de la obra.
Excavación
No Clasificada Para Préstamo: El material
proveniente del corte sea insuficiente para completar los rellenos y
terraplenes de conformidad con los planos.
Límites
de Construcción: Es el área de terreno comprendida
entre las intersecciones de los planos de los taludes, con el terreno original.
Materiales
inadecuados: Son materiales inadecuados para la
construcción de terraplenes y sub-rasante, los siguientes:
- Los correspondientes a la capa
vegetal.
- Los clasificados en el grupo
A-8, AASHTO M 145
Remoción
y Prevención de Derrumbes: Remoción de derrumbes es
la operación de remover el derrumbe o deslizamiento del talud original que
caiga sobre la carretera. La prevención de derrumbes es la previsión necesaria,
para evitar que tal derrumbe o deslizamiento pueda ocurrir.
Sección
Típica: Es la representación gráfica transversal y
acotada mostrada en los planos, que indica las partes componentes de una
carretera.
Sub-excavación: Es la operación de remover el material inadecuado que se encuentre
debajo del nivel de la sub-rasante en las secciones de corte o debajo del nivel
del terreno natural.
Taludes: Son los planos inclinados de la terracería, que delimitan los volúmenes
de corte o terraplén.
Terracería: Es el prisma en corte o terraplén, en el cual se construyen las
partes de la carretera mostradas en la sección típica.
Terraplén
o Relleno: Es la estructura que se construye con
los materiales que se especifican en esta Sección y en capas sucesivas hasta la
elevación indicada en los planos.
203.02 DESCRIPCION: Este
trabajo consiste en la excavación; remoción; retiro; construcción; conformación;
compactación y suministro e incorporación del agua requerida para efectuar
estas operaciones; excavación de cunetas, contracunetas y su prolongación;
afinamiento, acabado y terminación de todo el trabajo de terracería.
REQUISITOS DE CONSTRUCCION
203.03 RENGLONES DE TRABAJO: Los trabajos de esta sección, están comprendidos en los cinco
renglones siguientes:
a) Excavación
No Clasificada.
b) Excavación
No Clasificada de Material de Desperdicio.
c) Excavación
No Clasificada para Préstamo.
d) Sub-excavación.
e) Remoción
y Prevención de derrumbes.
203.04 EXCAVACION: Se
debe sujetar a lo siguiente:
a) Límites de la Excavación: Los taludes de corte deben quedar recortados como se muestra en
los planos.
Todos los taludes de corte deben quedar con
superficies ásperas uniformes, sin quiebres. Excepto en roca sólida, se debe
redondear la corona y el pie de todos los taludes.
Las cunetas que drenen el agua de los
cortes a los terraplenes, se deben construir en tal forma, que se evite
cualquier daño a dichos terraplenes, debido a la erosión y darles una pendiente
adecuada.
Se debe remover todo el material mayor de
150 mm de los 150 mm superiores del lecho de la carretera. Se debe remover el
material inadecuado del lecho de la carretera y reemplazarlo con material
adecuado. Se debe dejar el nivel de la sub-rasante de la carretera dentro de 15
mm y los niveles de roca dentro de 30 mm de la alineación y rasante
especificada.
b) Excavación No Clasificada: Siempre que sea factible, los materiales adecuados que se corten
dentro del prisma de la carretera, se deben de utilizar en la construcción de
terraplenes o rellenos, sub-rasantes, hombros, ampliación y acabado de los
taludes de terraplenes y para todos aquellos usos que se indiquen.
c) Excavación No Clasificada de Desperdicio: El material de desperdicio, o sea el sobrante de la Excavación No
Clasificada, podrá derramarse sobre los taludes o colocarse en botaderos.
Cuando el material sea derramado sobre el
talud de corte y en las Disposiciones Especiales así se indique, deberán
construirse muros de contención al pie del talud formado, se deberá vegetar la
superficie del talud y proveer los drenajes necesarios. La re-vegetación deberá
ser efectuada de acuerdo con lo indicado en la División 800.
Cuando en las Disposiciones Especiales o en
los planos se establezca que el material de desperdicio debe ser colocado en
capas en botaderos especialmente establecidos, las capas no serán mayores de
500 mm de espesor y deberán ser compactadas con banda de tractor. En este caso,
no se exigirá control de calidad, a menos que en las Disposiciones Especiales
se establezca de otra forma.
d) Excavación No Clasificada para Préstamo: Se debe recurrir a préstamo, solamente cuando esté indicado en los planos y/o Disposiciones Especiales, o Io autorice por escrito el Delegado Residente.
El Contratista debe notificar al Delegado
Residente, con suficiente anticipación, de permitir la medida exacta del banco
de préstamo, puesto que no se pagará ningún material excavado, antes de que se
hayan tomado dichas medidas.
Las áreas de préstamo deben ser limpiadas,
chapeadas y destroncadas, antes de iniciar la excavación. deben ser ejecutadas
y pagadas con cargo a la Sección 202. El material de préstamo debe ser medido
en la misma forma que la excavación no clasificada y pagado al precio unitario
de contrato correspondiente al renglón de excavación no clasificada para
préstamo.
e)
Sub-excavación: Cuando, dentro de los límites de la
carretera, se encuentre fango u otro material inadecuado para la cimentación,
sub-rasante u otras partes de la carretera, el Contratista debe excavar tal
material, por Io menos a 30 cm debajo de la cota de la sub-rasante o a la
profundidad que indique el Delegado Residente. El Contratista debe rellenar la
excavación efectuada, con material adecuado, el cual debe ser debidamente
conformado y compactado.
El material inadecuado debe ser retirado
por el Contratista y depositarlo donde indique el Delegado Residente y debe ser
compactado en capas sin requerir compactación controlada.
f) Remoción
y Prevención de Derrumbes: Los derrumbes existentes
al iniciarse los trabajos de ampliación, mejoramiento o pavimentación de una
carretera, así como los que ocurran durante el transcurso de los trabajos de
una obra, deben ser removidos por el Contratista. Para prevenir los derrumbes,
el Delegado Residente puede ordenar por escrito al Contratista, que ejecute
trabajos de prevención.
g)
Cortes en Roca: Todo el material rocoso, incluyendo
piedras grandes que se encuentren en el lecho del camino, debe ser excavado
como sigue: transversalmente, hasta los límites laterales y 300 mm debajo de la
sub- rasante. El vaciado ocasionado por la excavación, se debe rellenar hasta
el nivel de la sub- rasante.
Se puede colocar sobre la roca una capa de
por Io menos 300 mm de espesor de material adecuado. En ningún caso se
permitirán rocas aisladas mayores de 100 mm
h) Contracunetas: La excavación de las contracunetas en la parte superior de los
taludes de corte, se construirán de conformidad con lo indicado en la Sección
204.
203.05 TERRAPLENES EN GENERAL:
Como parte del trabajo de esta Sección,
deben ser rellenados y compactados perfectamente todos los hoyos y otras
excavaciones pequeñas que queden con motivo del destronque.
Los terraplén sobre una capa de balasto
existente, se deberá escarificar la capa de balasto hasta una profundidad
mínima de 150 milímetros debajo de dicha capa y se deberá compactar la
sub-rasante de acuerdo con lo indicado en 203.10. Cuando se construya un
terraplén sobre un pavimento existente, se deberá escarificar y homogeneizar
200 milímetros debajo de la capa de rodadura.
En las laderas que tengan una pendiente
igual o mayor de 2 ½ horizontal a 1 vertical, se deben construir terrazas.
203.06 TERRAPLENES DE ROCA: Serán aquellos que se construyan con materiales que contengan 25% o
más, en volumen, de partículas de roca con un diámetro mayor que 100 mm. Se
deben construir normalmente en capas sucesivas de 300 mm de espesor compactado
o menos y se deben extender a todo el ancho de la sección típica. En todo caso
la capa no debe de exceder de 600 mm de espesor compactado. Las rocas mayores
de 600 mm deben ser incorporados reduciéndolos de tamaño o colocándolos
individualmente.
203.07 TERRAPLENES DE SUELO: Los terraplenes de suelo son aquellos compuestos principalmente de
materiales que no son de roca y deben ser construidos con materiales adecuados.
Los espesores de las capas a ser
compactadas deben ser determinados por el Contratista, el Delegado Residente
aprobará el espesor de capa máxima a compactar. En ningún caso, el espesor
podrá ser menor de 100 mm compactados ni mayor de 300 mm compactados.
203.08 COMPACTACION
a) Compactación de terraplenes de suelo: Los terraplenes se deben compactar como mínimo al 90 % de la
densidad máxima, determinada por el método AASHTO T 180 y los últimos 300
milímetros se deben compactar como mínimo, al 95% de la densidad máxima.
La sub-rasante debe ser escarificada hasta
una profundidad de 300 mm debe ser compactada hasta el 95% de la densidad
máxima determinada como se indica en el párrafo anterior. En ambos casos, la
compactación se comprobará en el campo, de preferencia mediante el método
AASHTO T 191 (ASTM D 1556). Con la aprobación escrita del Delegado Residente.
b) Compactación de terraplenes de roca:
1) Para capas con un espesor compactado
de 300 mm o menos se deberá ajustar el contenido de humedad del material a uno
adecuado para la compactación. Se debe compactar cada capa de material, en todo
el ancho, utilizando cualquiera de los métodos siguientes:
a. Cuatro pasadas del rodillo de una
compactadora de rodillo de compresión de 45 toneladas métricas.
b. Cuatro pasadas del rodillo de una
compactadora de rodillo vibratorio que tenga una fuerza dinámica mínima de
impacto de 180 kN por vibración y una frecuencia mínima de 16 hertz.
c. Ocho pasadas del rodillo de una
compactadora de rodillo de compresión de 20 toneladas métricas.
d. Ocho pasadas del rodillo de una
compactadora de rodillo vibratorio que tenga una fuerza dinámica mínima de
impacto de 130 kN por vibración y una frecuencia mínima de 16 hertz.
2) Para capas con un
espesor compactado mayor de 300 milímetros se deberá proporcionar cualquiera de
los esfuerzos de compactación siguientes:
a. Por cada 150 mm adicionales o fracción, incrementar el número de pasadas del rodillo indicado en los numerales (1-i) y (1-ii) en cuatro.
b.
Por cada 150 mm adicionales o
fracción, incrementar el número de pasadas del rodillo indicado en los
numerales (1-iii) y (1-iv) en ocho.
Los rodillos de compresión deben ser operados
a velocidades menores de 2 m/s y los rodillos vibratorios a velocidades menores
de 1 m/s
203.09 MANTENIMIENTO Y ESTABILIDAD: El Contratista es responsable hasta la aceptación final de la obra,
de la estabilidad de los terraplenes construidos de acuerdo con los documentos
contractuales y debe, a su costa, reemplazar cualesquiera partes que sufran
desplazamiento, debido a descuido o negligencia de su parte.
203.10 LIMPIEZA FINAL: Después
de que hayan sido completamente terminados los trabajos de terracería, se deben
limpiar las áreas comprendidas a ambos lados de la carretera.
203.11 MEDIDA:
La medida se debe hacer del número de
metros cúbicos, con aproximación de dos decimales, de excavación no
clasificada, excavación no clasificada de material de desperdicio, excavación
no clasificada para préstamo y sub-excavación. La medida incluye todo el
trabajo especificado según el renglón de que se trate
203.12 PAGO: El pago se
debe hacer por el número de metros cúbicos, medidos como se indica
anteriormente al precio unitario de contrato correspondiente a los renglones de
Excavación no Clasificada y Sub-excavación.
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